La libertad debe ser el concepto más difundido de la humanidad, siempre estuvo presente y su causa fue blandida por tiranos y demócratas; y en su nombre se cometieron los crímenes más aberrantes.
Toda vez que se emplea el término libertad inmediatamente surge, a modo de aclaración, sus alcances y limitaciones como si no pudiera definirse por sí misma. Así, una de las acepciones que da la Real Academia Española sostiene: “Facultad que tiene el hombre de obrar de una manera y no de otra, y de no obrar, por lo que es responsable de sus actos”.[1] Al mencionar la “responsabilidad de sus actos” implícitamente se está marcando el límite de hasta dónde el hombre puede obrar. Por su parte, John Locke es más preciso al sostener que “un estado de libertad, no es, sin embargo, un estado de licencia. Pues aunque en un estado así, el hombre tiene una incontrolable libertad de disponer de su propia persona o de sus posesiones, no tiene, sin embargo, la libertad de destruirse a sí mismo, ni tampoco a ninguna criatura de su posesión”.[2] Locke distingue entre la libertad y el abuso de ésta cuando menciona “el estado de licencia” y establece límites bien definidos, no ya en cuanto al obrar de los hombres con respecto a sus iguales, pero incluso en su fuero interno. Parece contradecir lo dicho por John Stuart Mill cuando sostiene que el individuo es soberano “sobre sí mismo, sobre su propio cuerpo y espíritu”.[3]
El preámbulo de la Constitución Argentina establece que uno de los objetivos de la propia Constitución es “asegurar los beneficios de la libertad”, para todos los que elijan habitar en el país. El constitucionalista Helio Juan Zarini explica que esta expresión no debe entenderse como “la libertad anárquica, sin obligaciones, abusiva de los derechos de los demás, contraria a la justicia y a la paz social e impeditiva del bienestar general…la Constitución robustece el carácter democrático de nuestro Estado, es respeto a la dignidad y a los derechos de la persona humana y el rechazo al totalitarismo”.[4] Esta interpretación no sólo define el concepto de libertad y sus limitaciones, que en términos similares a Locke distingue de la anarquía, sino que avanza hasta el tipo de gobierno que debe regir el país.
Independientemente de los matices de cada uno de los tres ejemplos expuestos en este ensayo, en todos está presente la noción de “límites” toda vez que se discute sobre la libertad. En este sentido, la conclusión es que no puede ejercerse este derecho si sus límites no son bien precisos; lo que nos tornaría en esclavos. Esta afirmación se basa en que el ejercicio de la libertad sin límites, tal como lo afirma Zarini y Locke, generaría anarquía y comprometería seriamente el desarrollo creativo del hombre. Habría licencia para apoderarse de los bienes ajenos o para callar de la manera más brutal aquellas voces que no coincidieran con la opinión del más fuerte. Así, estaríamos esclavizados a la permanente defensa de nuestras posesiones y a estar alertas a elegir a quién despojar de las suyas. En suma, sería un estado de guerra permanente a la que deberíamos destinar la mayor parte de nuestra energía mental y física. No existiría la sociedad. Sin embargo, tarde o temprano se impondría el más fuerte que dominaría al resto y comenzaría a organizarse el germen de una sociedad; surgiría la paz producto de la fuerza. Los hombres ya no estarían en estado de alerta permanente y comenzarían a desarrollarse, y a cambio del mantenimiento de este nuevo “estado” se verían obligados a resignar una porción de su libertad.
El sostén de la paz implica el establecimiento de límites a la libertad, ya que de otro modo, irremediablemente se volvería a la etapa anterior.
Martin Pittón
Toda vez que se emplea el término libertad inmediatamente surge, a modo de aclaración, sus alcances y limitaciones como si no pudiera definirse por sí misma. Así, una de las acepciones que da la Real Academia Española sostiene: “Facultad que tiene el hombre de obrar de una manera y no de otra, y de no obrar, por lo que es responsable de sus actos”.[1] Al mencionar la “responsabilidad de sus actos” implícitamente se está marcando el límite de hasta dónde el hombre puede obrar. Por su parte, John Locke es más preciso al sostener que “un estado de libertad, no es, sin embargo, un estado de licencia. Pues aunque en un estado así, el hombre tiene una incontrolable libertad de disponer de su propia persona o de sus posesiones, no tiene, sin embargo, la libertad de destruirse a sí mismo, ni tampoco a ninguna criatura de su posesión”.[2] Locke distingue entre la libertad y el abuso de ésta cuando menciona “el estado de licencia” y establece límites bien definidos, no ya en cuanto al obrar de los hombres con respecto a sus iguales, pero incluso en su fuero interno. Parece contradecir lo dicho por John Stuart Mill cuando sostiene que el individuo es soberano “sobre sí mismo, sobre su propio cuerpo y espíritu”.[3]
El preámbulo de la Constitución Argentina establece que uno de los objetivos de la propia Constitución es “asegurar los beneficios de la libertad”, para todos los que elijan habitar en el país. El constitucionalista Helio Juan Zarini explica que esta expresión no debe entenderse como “la libertad anárquica, sin obligaciones, abusiva de los derechos de los demás, contraria a la justicia y a la paz social e impeditiva del bienestar general…la Constitución robustece el carácter democrático de nuestro Estado, es respeto a la dignidad y a los derechos de la persona humana y el rechazo al totalitarismo”.[4] Esta interpretación no sólo define el concepto de libertad y sus limitaciones, que en términos similares a Locke distingue de la anarquía, sino que avanza hasta el tipo de gobierno que debe regir el país.
Independientemente de los matices de cada uno de los tres ejemplos expuestos en este ensayo, en todos está presente la noción de “límites” toda vez que se discute sobre la libertad. En este sentido, la conclusión es que no puede ejercerse este derecho si sus límites no son bien precisos; lo que nos tornaría en esclavos. Esta afirmación se basa en que el ejercicio de la libertad sin límites, tal como lo afirma Zarini y Locke, generaría anarquía y comprometería seriamente el desarrollo creativo del hombre. Habría licencia para apoderarse de los bienes ajenos o para callar de la manera más brutal aquellas voces que no coincidieran con la opinión del más fuerte. Así, estaríamos esclavizados a la permanente defensa de nuestras posesiones y a estar alertas a elegir a quién despojar de las suyas. En suma, sería un estado de guerra permanente a la que deberíamos destinar la mayor parte de nuestra energía mental y física. No existiría la sociedad. Sin embargo, tarde o temprano se impondría el más fuerte que dominaría al resto y comenzaría a organizarse el germen de una sociedad; surgiría la paz producto de la fuerza. Los hombres ya no estarían en estado de alerta permanente y comenzarían a desarrollarse, y a cambio del mantenimiento de este nuevo “estado” se verían obligados a resignar una porción de su libertad.
El sostén de la paz implica el establecimiento de límites a la libertad, ya que de otro modo, irremediablemente se volvería a la etapa anterior.
Martin Pittón
[1] Diccionario de la Lengua Española, Bs. As.: Editorial Planeta, 2003. Pág. 930, Tomo VI.
[2] Locke, John. Segundo Tratado Sobre el Gobierno Civil, Bs. As.: Editorial Alianza, 1997. Pág. 37.
[3] Mill, John Stuart. Sobre la Libertad, Bs. As.: Editorial Alianza, 1993. Pág. 66.
[4] Zarini, Helio Juan. Constitución Argentina, Comentada y Concordada, Bs. As.:Editorial Astrea, 1996. Pág. 17.
6 comentarios:
alo Martin... a ver si entendi...
- la libertad necesita limites
- pero si esos limites son rigidos deja de ser libertad...
¿o exactamente lo contrario? saludos
Belanix,
Lo que planteo en el artículo es que la libertad como otros derechos no es absoluto porque caeríamos en la anarquía. Entonces para vivir en una sociedad todos resignamos un poco de nuestra libertad para poder vivir en comunidad, gracias a lo cual podemos gozar de la libertad. Parecen conceptos contradictorios pero no lo son. Gracias por escribir.
Martin
Martín:
Me pareció muy interesante la propuesta de tu blog, tal como la anunciaste por radio. Tanto que me quede pensando en que, finalmente, los temas que quieres tratar en profundidad están todos encadenados a éste que elegiste primero.
La libertad es un derecho humano y uno de los fundamentales junto al derecho a la vida y a la búsqueda de la propia felicidad.
¿Por qué fundamental? Porque solo con su respeto irrestricto puede asegurarse la convivencia pacífica entre los hombres.
Para convencernos de ello, recordemos las sociedades donde algunos hombres tenían el derecho de disponer de la vida y la libertad de otros y preguntémonos si quisieramos estar en la piel del esclavo o del sacrificado.
Entendidos como derechos que nos abarcan a todos, queda claro su límite: nadie tiene derecho a convertir al prójimo en medio para sus propios fines.
Dicho de otro modo: nadie tiene derecho a esclavizar al otro, a matar al otro, a obligar al otro a servir, ni a servirse del otro.
El límite legítimo a la libertad reside en la preservación de los derechos de todos los demás. ¿Pero de cualquier derecho? Esa es la pregunta. Y la respuesta marca la diferencia entre ser libres y ser esclavos.
Cuando los demás me impiden matar a mi vecino, están garantizando el derecho a la vida de aquel, claramente un valor superior al de mi "derecho a matar" (a Dios gracias no existe tal "derecho").
Ahora, cuando se me obliga a trabajar más de 15 días por mes para pagar impuestos sea cual sea el destino que tengan, se me somete a servidumbre para preservar un derecho superior o simplemente se me está esclavizando?
¿La "redistribución de mi riqueza" es un límite legítimo a mi libertad o es un atentado a mis derechos?
Abner Doon
Hola Martín, te juro que iba a hacerte un comentario sobre el artículo que escribiste, pero tu flequillo me distrajo... Mejor suerte la próxima vez en la peluquería!
Martin sos mi idolo 2007, me llama la atencion como un periodista tan progresistas no tiene aun el lugar que se merece.
voy a fomentar tu fan club!
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